Reclamación de gastos hipotecarios. ¡Antes del 14 de abril!

Entrada 15 de diciembre de 2023 Bancario Ningún comentario

En diciembre de 2015 una Sentencia del Supremo declaró nulo y abusivo que los bancos impusieran a los clientes la totalidad de los gastos de formalización de un préstamo hipotecario.

Aunque la sentencia declaraba que imponer la totalidad de los gastos era abusivo, no se determinó el porcentaje de reparto, qué debían pagar los usuarios y qué el banco, con lo que eso quedaba al criterio de las diferentes audiencias provinciales, que en su mayoría consideraban que los bancos tenían que pagar todos los gastos de formalización.

Después de varias sentencias del propio Tribunal Supremo y una del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en enero de 2019 quedaron fijados de manera definitiva los gastos que los bancos deben devolver a los consumidores una vez declarada abusiva la cláusula de imposición de gastos, que son:

  • La totalidad de los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación.
  • La mitad de los gastos notariales.

Se ha discutido ampliamente el plazo de prescripción para poder reclamar judicialmente, manteniendo algunos, como este despacho, que no debe prescribir por tratarse de cláusulas nulas; o que el plazo es de cinco años, desde que se tuvo conocimiento.

Se entiende que el plazo de cinco años empieza a computar desde el día en que el Tribunal Supremo estableció que las cláusulas que atribuían que al consumidor el pago de todos los gastos del contrato era abusivas y fijó el criterio de como debían distribuirse los gastos, o sea, el 23 de enero de 2019. Por tanto, el plazo para reclamar finalizaría el día 24 de enero de 2024.

No obstante, hay que tener en cuenta que los plazos procesales quedaron suspendidos durante el estado de alarma de 2020. Si se añaden al cómputo los 82 días naturales que los plazos estuvieron suspendidos, el plazo para reclamar se amplía un poco y finalizaría el día 14 de abril de 2024

Por tanto, para las hipotecas contratadas antes de 16 de junio de 2019 (cuando entró vigor la nueva ley de crédito inmobiliario) es aconsejable reclamar antes de dicha fecha.

Para llevar a cabo la reclamación de los gastos hipotecarios, primero se debería acudir a Atención al cliente de la entidad prestamista y si no se obtiene respuesta satisfactoria, interponer la correspondiente demanda judicial.