Medidas para empleadas de hogar
Alberto Peña Torrecilla 14 de abril de 2020 Laboral Covid-19 Ningún comentario
Se crea un subsidio extraordinario para las personas integradas en el Sistema Especial para Empleadas de Hogar que hayan dejado de prestar servicios total o parcialmente, para reducir el riesgo de transmisión a causa de la crisis sanitaria del Covid-19. También las que hayan sido objeto de despido o desistimiento de contrato durante la crisis sanitaria. Para solicitar el nuevo subsidio será necesario acreditar la pérdida total o parcial de la actividad con la declaración responsable firmada de la persona empleadora, la carta de despido, la comunicación de desistimiento o la baja. Tendrán derecho a un subsidio equivalente al 70% de su base reguladora en el caso de que la pérdida de actividad sea total o proporcional con la reducción de jornada.
Si la empleada del hogar está de baja médica por COVID-19 se puede solicitar la prestación de la Seguridad Social y que el empleador no se haga cargo del sueldo durante esos días (desde el día siguiente a la baja médica), ya que será la Seguridad Social quien se haga cargo del mismo. Los partes médicos serán expedidos como baja por enfermedad común, pero a efectos económicos, serán tratados como baja por accidente de trabajo.
Alberto PeñaTorrecilla, Abogado del ICAM