Medidas para autónomos y pymes
Elena Melon Crispín 1 de abril de 2020 Mercantil y sociedades Covid-19 Ningún comentario
Se establece la exoneración de cuotas y una prestación extraordinaria por cese de actividad para los autónomos con carácter excepcional siempre que sus actividades queden suspendidas y cuando su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.Dado que el 80% de los autónomos cotizan por la mínima, la cantidad media que recibirán los autónomos será de unos 660 euros al mes.
Los autónomos podrán aplazar las deudas que ya se tuvieran con la Seguridad Social. Aquellos ingresos que lo trabajadores por cuenta propia tuvieran que realizar entre abril y junio del presente ejercicio podrán aplazarse, aplicando un 0.5% de intereses. También se ha aprobado una moratoria de seis meses para el pago de las obligaciones con la Seguridad Social de mayo, junio y julio tanto de autónomos como de empresarios. Éstas, además, no tendrán recargos ni intereses.
Los autónomos o empresarios que se hayan visto obligados a cerrar sus negocios pueden acceder al rescate de sus planes de pensiones.
Se suspenden los pagos de las hipotecas durante tres meses para aquellos autónomos afectados. Para ello, deberán presentar una declaración responsable que acredite la vulnerabilidad y podrán suspender sus cuotas durante tres meses.
El bono social eléctrico está destinado a aquellos autónomos que hayan tenido que cesar su actividad o que hayan reducido sus ingresos, como mínimo, en un 75%. Podrán suspender las facturas de los suministros de gas y electricidad durante seis meses.
Respecto a los autónomos contagiados por coronavirus, será considerado como accidente laboral. Es decir, podrán cobrar una prestación por baja laboral. La cuantía para los autónomos que cotizan por la base mínima es de 23,61 euros por cada día que se esté de baja. La principal diferencia en caso de que se considerara enfermedad común es que el autónomo en estos casos recibe la prestación a partir del cuarto día y la cuantía es el 60% de la base reguladora.
El gobierno ha anunciado una serie de avales que cubrirá el 80% de los riesgos que se asocien a los préstamos que las entidades bancarias concedan a los autónomos y pequeñas y medianas empresas.
Por su parte, Hacienda va a aplazar el reembolso de los préstamos que las comunidades autónomos o las locales hayan hecho a autónomos y pymes afectados por el covid-19. Si han cesado actividad o reducido sus ventas, podrán solicitar el aplazamiento de los pagos y sus intereses y poder abonarlo a lo largo del presente ejercicio.
Asimismo, se permite que puedan presentar la declaración del IVA, pago de retenciones del IRPF y el fraccionamiento de Sociedades hasta el 20 de mayo, en vez de tener que hacerlo de forma obligatoria en abril.
También se aprueba que autónomos y pymes puedan renunciar al sistema de módulos y puedan tributar por el de estimación directa.
Elena Melon Crispín, Abogada del ICAM