Hipotecas Multidivisa
Alberto Peña Torrecilla 21 de noviembre de 2022 Bancario Ningún comentario
Las Audiencias Provinciales dictan más de un centenar de sentencias a favor de los afectados por Hipotecas Multidivisa
Las Audiencias Provinciales de Madrid, Barcelona, y Valencia han fallado, en los últimos 3 años, a favor de los afectados por Hipoteca Multidivisa en más de 100 ocasiones, declarando la nulidad de tal hipoteca argumentando la falta de información dada por las entidades en tales ocasiones y obligando a recalcular el préstamo.
En el momento de la contratación, la hipoteca multidivisa suponía que el que se suscribió a la misma devolvería en el plazo acordado el capital prestado en moneda extranjera. Ahora bien, dicho importe de capital, así como las cuotas a pagar, se ven afectadas por el tipo de cambio de la moneda elegida, normalmente francos suizos o yenes, lo que se demostró en los pasados años que podía tener efectos devastadores en los consumidores al incrementar considerablemente las cuotas e importes del capital a pagar.
“El banco, experto en este tipo de productos, no debió de ningún modo recomendar dicha modalidad de hipoteca durante los años 2007 y 2008.
La nulidad es absoluta, sin estar sometida a plazo de prescripción alguno. Eso significa que si hay alguien afectado por este tipo de producto, puede tratar de conseguir su anulación en un plazo aproximado de dos años y, por norma general, en primera instancia.
Una vez conseguida la anulación, el préstamo se transforma en euros con sistema francés de amortización donde se irá pagando intereses y capital mes a mes, sin estar influenciadas tanto dichas cuotas como el capital por el tipo de cambio.