El Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio

Entrada 2 de octubre de 2023 Legal Ningún comentario

1. Reforma del recurso de casación

Las resoluciones recurribles son Sentencias que pongan fin a la segunda instancia dictadas por las audiencias provinciales; y Autos y sentencias dictadas en apelación en procesos sobre reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras. 

Los cauces de acceso a la casación son interés casacional y tutela judicial civil de derechos fundamentales.

Habrá de fundarse en infracciones de normas procesales o sustantivas, siempre que concurra interés casacional.
Sin embargo, podrá interponerse, en todo caso, recurso de casación contra sentencias dictadas para la tutela judicial civil de derechos fundamentales susceptibles de recurso de amparo, aun cuando no concurra interés casacional (art. 477.2 in fine).

2. Otras modificaciones procesales

Se incluye como causas de suspensión del proceso y las vistas

  • El fallecimiento, accidente o enfermedad grave del cónyuge del profesional de la abogacía (o persona de análoga relación de afectividad) o familiar de primer grado; en cuyo caso se darán 3 días de suspensión (o 5 en caso de desplazamiento a otra localidad). La suspensión será de 2 días en caso de familiares de segundo grado (o 4, en caso de desplazamiento).
  • El accidente o enfermedad del profesional de la abogacía, por el periodo de la baja laboral y en todo caso un máximo de 30 días naturales.
  • El nacimiento y cuidado de menor por el periodo de baja, que afectará a todos los procedimientos en los que intervenga.
  • Se incluye la suspensión de la vista en caso de que, acordada la celebración de la vista o la asistencia de algún interviniente de forma telemática, no se pudiese realizar en las condiciones necesarias para el buen desarrollo de la vista (art. 188).