Se inhabilita el periodo navideño en los juzgados y tribunales de toda España

Entrada 15 de diciembre de 2022 Noticias Ningún comentario

Se modifica el artículo 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), por el que serán inhábiles los días del mes de agosto, así como todos los días desde el 24 de diciembre hasta el 6 de enero del año siguiente, ambos inclusive.

Hasta ahora el periodo navideño entre Navidades y Reyes era un periodo hábil en el funcionamiento de la Administración de Justicia, o que suponía entre otras cosas que los profesionales del sector no pudieran conciliar ni descansar.

La inhabilitación del periodo navideño, dos semanas durante las cuales no se realizarán señalamientos ni se contabilizarán los días desde el punto de vista procesal, es una demanda histórica de la Abogacía Española.

El Ministerio de Justicia clarificó recientemente que la inhabilitación no supondrá el cierre de los órganos jurisdiccionales en esas fechas ni afectará a las causas urgentes ni a las guardias, que seguirán funcionando con normalidad, tal y como sucede en la actualidad durante el mes de agosto, ya establecido como inhábil en la Ley Orgánica del Poder Judicial.